domingo, 25 de noviembre de 2012

La Fiscalía solicita cuatro años de prisión para el alcalde de Chiva

La Fiscalía Provincial de Valencia, en una calificación judicial firmada el 16 de noviembre de 2012, solicita para el alcalde de Chiva y diputado provincial del PP, José Manuel Haro, una pena de cuatro años de prisión y una multa de 9.000 euros por un delito de falsificación de documento oficial y ocho años de inhabilitación especial para cargo público por prevaricación. Además, la Fiscalía, que pide la apertura de juicio oral ante la Audiencia Provincial, propone para Haro el pago de las costas.
 
 
 
 
La acusación corresponde al caso de la destitución del concejal Fernando Casanova el 9 de septiembre de 2011. Sobre las 19.19 horas de ese día, Haro convocó un pleno «guiado por la intención de expulsar del cargo» a Casanova, que estaba de viaje en Aranda de Duero representando al Ayuntamiento.
Haro le llamó al móvil a su concejal para comunicarle la convocatoria del pleno y que se iba a tratar su dimisión. A las 19.29 horas, Casanova recibió en su móvil un correo anunciándole el pleno para las 19.15 (14 minutos antes). A las 19.32 horas, el edil contestó mostrando su posición en contra de la celebración del pleno y negando que hubiera dimitido. Tres minutos después le cortaron la línea.
El pleno comenzó a las 19.35 horas y terminó cinco minutos después. Se dio cuenta de la dimisión de Casanova y no se permitió ninguna intervención. «La carta de renuncia contenía la firma del concejal pero carecía de fecha porque había sido firmada al concurrir a la candidatura para las elecciones municipales imponiéndose como requisito imprescindible para formar parte de la candidatura del PP», señala el escrito de la Fiscalía. La carta se registró en el Ayuntamiento «por la secretaria personal del alcalde, por orden de este, el 9 de septiembre a las 14.55 horas y cuando el servicio ya estaba cerrado». Así lo atestigua el sello del registro.
Casanova alegó ante la Junta Electoral Central su destitución. El 6 de octubre la Junta resolvió que el concejal «no había perdido su condición de concejal y los derechos inherentes al cargo». Los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación en base al artículo 404 del Código Penal y de un delito de falsificación en documento oficial según los apartados 3 y 4 del artículo 390. La calificación judicial señala al acusado José Manuel Haro como autor de los dos delitos.
Por el de prevaricación la Fiscalía solicita 8 años de inhabilitación para cargo público y 4 años de prisión por el de falsedad documental. Además, el Ministerio Público pide 10 meses de multa con una cuota diaria de 30 euros «y la responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas por el delito de falsificación». La Fiscalía pide que Haro pague también las costas. Como testigos en el juicio se ha pedido la citación de los concejales Fernando Casanova, Amparo Lapuente y Fernando Gómez, así como de Elvira Pérez, secretaria del alcalde.