La Fiscalía Provincial de Valencia, en una calificación
judicial firmada el 16 de noviembre de 2012, solicita para el alcalde de
Chiva y diputado provincial del PP, José Manuel Haro, una pena de
cuatro años de prisión y una multa de 9.000 euros por un delito de
falsificación de documento oficial y ocho años de inhabilitación
especial para cargo público por prevaricación. Además, la Fiscalía, que
pide la apertura de juicio oral ante la Audiencia Provincial, propone
para Haro el pago de las costas.
La acusación corresponde al caso de la destitución del
concejal Fernando Casanova el 9 de septiembre de 2011. Sobre las 19.19
horas de ese día, Haro convocó un pleno «guiado por la intención de
expulsar del cargo» a Casanova, que estaba de viaje en Aranda de Duero
representando al Ayuntamiento.
Haro le llamó al móvil a su concejal para comunicarle la
convocatoria del pleno y que se iba a tratar su dimisión. A las 19.29
horas, Casanova recibió en su móvil un correo anunciándole el pleno para
las 19.15 (14 minutos antes). A las 19.32 horas, el edil contestó
mostrando su posición en contra de la celebración del pleno y negando
que hubiera dimitido. Tres minutos después le cortaron la línea.
El pleno comenzó a las 19.35 horas y terminó cinco
minutos después. Se dio cuenta de la dimisión de Casanova y no se
permitió ninguna intervención. «La carta de renuncia contenía la firma
del concejal pero carecía de fecha porque había sido firmada al
concurrir a la candidatura para las elecciones municipales imponiéndose
como requisito imprescindible para formar parte de la candidatura del
PP», señala el escrito de la Fiscalía. La carta se registró en el
Ayuntamiento «por la secretaria personal del alcalde, por orden de este,
el 9 de septiembre a las 14.55 horas y cuando el servicio ya estaba
cerrado». Así lo atestigua el sello del registro.
Casanova alegó ante la Junta Electoral Central su
destitución. El 6 de octubre la Junta resolvió que el concejal «no había
perdido su condición de concejal y los derechos inherentes al cargo».
Los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación en base al
artículo 404 del Código Penal y de un delito de falsificación en
documento oficial según los apartados 3 y 4 del artículo 390. La
calificación judicial señala al acusado José Manuel Haro como autor de
los dos delitos.
Por el de prevaricación la Fiscalía solicita 8 años de
inhabilitación para cargo público y 4 años de prisión por el de falsedad
documental. Además, el Ministerio Público pide 10 meses de multa con
una cuota diaria de 30 euros «y la responsabilidad penal subsidiaria en
caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas
impagadas por el delito de falsificación». La Fiscalía pide que Haro
pague también las costas. Como testigos en el juicio se ha pedido la
citación de los concejales Fernando Casanova, Amparo Lapuente y Fernando
Gómez, así como de Elvira Pérez, secretaria del alcalde.