El Tribunal Supremo ha dictaminado que el cobro del impuesto del IBI como urbano en terrenos rústicos no afectados por un PAI o similar, es nulo.
Dicho así no parece que nos tenga que afectar. Nada más lejos de la realidad. Como la gran mayoría de casicas de monte de Chiva, y más de un chalet de lo que se conoce como diseminados, se encuentran en una situación similar, intentaremos explicar cómo les afecta esto.
Un día alguien construyó una casica o chalet en un terreno rústico, sin permiso de obra, ni proyecto, etc. Después se recibiría la visita del inspector del Ayuntamiento, el cual, como corresponde, cursaría el correspondiente expediente sancionador. Por merced de este expediente, el Ayuntamiento le impondría una sanción, el terreno ocupado por la obra (que no todo el terreno de la finca) pasaría a ser urbano y con ello el Ayuntamiento comenzaría a pasarnos el IBI como tal. Situación regularizada y todos tan contentos.
¿Les suena esta situación? Pues bien, lo que viene a decir (más bien lo dice directamente) esta sentencia del Tribunal Supremo es que esta situación se ha dado por el ánsia recaudatoria de los ayuntamientos, que ha llevado a una situación de nulidad del cobro del impuesto del IBI, ya que estas construcciones, al no estar en su mayoría contempladas dentro de ningún Plan General de Ordenación Urbana, Plan Parcial u otros de similar índole, NO SON URBANOS, digan lo que digan los ayuntamientos y el propio catastro.
El Tribunal se basa en que para ser urbanos deben encontrarse dentro de algún tipo de actuación urbanística que conlleve la adecuación del entorno a lo exigido por la legislación. Es decir, asfalto, aceras, alumbrado, alcantarillado, depuradora, servicios públicos, etc. Como a buen seguro la gran mayoría de las casicas de monte y chalets de diseminados, y puede que de muchas urbanizaciones, se encuentran en esta situación, resulta que van a tener un problema.
A priori, al resultar nula la conversión de rústica a urbana, todo aquel que quiera puede impugnar el acto en virtud del cual su propiedad pasó de una a otra, y como consecuencia puede pedirle al ayuntamiento que le reembolse todo lo que le ha estado cobrando de más, intereses incluidos. En un ayuntamiento normal se lo devolverían, pero esto es Chiva y nos tememos que Haro no va a soltar ni un euro porque ha arruinado las arcas públicas y solo le queda dinero para intentar comprar votos este verano con fiestas, chocolatás y pasacalles.
Seguramente todas las reclamaciones serán tiradas para atrás en el ayuntamiento del pp, no darán la cara porque hasta ahora no la han dado para nada y seguirán igual. El pufo lo dejarán para el que gobierne tras las próximas elecciones porque saben que ellos no serán.
¿Qué podemos hacer los ciudadanos de Chiva? Pues no nos quedará otra más que acudir a la justicia y obligar al ayuntamiento a que cumpla con la sentencia dictada por el Tribunal Supremo. Triste, pero cierto.
La primera recomendación que hacemos es que los interesados pidan a catastro cual es la situación de su casa, Chalet, casica o la construcción que sea, si es rústica o urbana y si está afectada por alguna de las actuaciones de las que hablamos más arriba. Si la contestación es que es urbana, porque en su día se pagó la denuncia, pero no está dentro de ningún PAI o similar, lo siguiente es pedirle al ayuntamiento que regularice el cobro que nos efectua por el IBI de urbana y nos lo pase a rústica, devolviéndonos lo que nos ha cobrado de más en todos estos años y los intereses. Todo ello en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo, no porque nos da la gana.
Puede parecer que si llegamos hasta aquí habremos conseguido pagar menos y que nos devuelvan dinero. SEGURO QUE NO. El ayuntamiento del pp no admitirá el error en el cobro, nos dirá que lo están consultando con la Federación de Municipios y Provincias ( La FMP no tiene competencias), o que esto es cosa del Sursum Cordae, no de ellos. Total, que a los ciudadanos nos tocará pagarnos un abogado, pagar las tasa judiciales que ha impuesto el gobierno del pp, seguir pagando el IBI como urbana sin tener y ya veremos que más tendremos que pagar. Al final, un juez dictaminará que el ayuntamiento debe pagar, pero nuestro calvario solo lo pasaremos nosotros por culpa de otros.
Y esto será solo el principio, a medio plazo el ayuntamiento se verá agobiado por los pagos que debe hacer, y seguramente en algunos sitios deberá acometer los PAI´s o Planes Parciales que corresponda para regularizar de facto a agrupaciones de viviendas tipo diseminados, y prestarles todos los servicios que debe prestar por Ley. Nos quedaremos con un ayuntamiento sin dinero, sin capacidad de maniobra para nada y sin que los responsables hayan dado ni una misera explicación o solución al problema.
COMO SIEMPRE.